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Compartición de energía en Alemania: Estado de implementación según el artículo 42c de la Ley de la Industria Energética (EnWG) (2026)

Los operadores de redes deben facilitarlo desde junio de 2026, pero el gran avance sigue haciéndose esperar. Nuestro resumen muestra qué obstáculos existen, por qué las tarifas de red completas frenan la rentabilidad y para quién puede valer la pena el modelo a pesar de todo.

Con el anclaje del § 42c en la Ley de la Industria Energética (EnWG) a finales de 2025, Alemania ha establecido el marco legal para Compartición de energía creado. Desde el 1 de junio de 2026, su implementación es legalmente obligatoria para los operadores de redes; sin embargo, en la práctica, el modelo aún está en sus inicios y lucha con obstáculos técnicos y económicos. Importante para la contextualización: aunque el artículo 42c de la Ley alemana de la Industria Energética (EnWG) está diseñado deliberadamente para que puedan participar tanto los pequeños sistemas en azoteas de particulares como los grandes parques eólicos o solares, en la práctica existen umbrales económicos y fiscales. En el caso de sistemas fotovoltaicos más grandes en el sector industrial y comercial, la mayoría de las veces otros modelos resultan más sensatos.  

Los hechos más importantes de un vistazo:

  • Base jurídica: § 42c EnWG, en vigor desde finales de 2025
  • Obligación de aplicación para los operadores de redes: a partir del 1 de junio de 2026
  • Público objetivo: hogares particulares, asociaciones, pymes y municipios; la industria y las instalaciones de explotación principalmente comercial quedan excluidas por el momento.
  • Ámbito de aplicación: actualmente solo dentro de la misma red de distribución o zona de balance
  • Ampliar el espacio a las zonas de red adyacentes: a partir de junio de 2028
  • Obstáculo central: los peajes de red completos siguen aplicándose, a diferencia de lo que ocurre con el suministro de electricidad a inquilinos (Mieterstrom) o el suministro comunitario en edificios (GGV).

En principio, rige lo siguiente: El «Energy Sharing» (artículo 42c de la Ley alemana de Energía, EnWG) está pensado para la distribución de energía solar procedente de pequeñas instalaciones fotovoltaicas a hogares particulares, asociaciones, pymes y municipios más allá de los límites de la propiedad. Cuando la electricidad dentro del mismo edificio o de área debe repartirse (por ejemplo, del arrendador al arrendatario), la Suministro comunitario de edificios o el modelo de electricidad para inquilinos más económico, porque en este caso no se incurre en tarifas de red.

¿Qué regula el § 42c del EnWG? El marco jurídico

Energy Sharing permite a los operadores de instalaciones de energías renovables (fotovoltaicas, eólicas) suministrar su electricidad a través de la red eléctrica pública directamente a vecinos, hogares, asociaciones, pymes o municipios de la misma zona de distribución, sin necesidad de actuar como proveedores integrales.

Para ello, los consumidores firman un contrato de suministro con el productor para la parte de electricidad ecológica regional y mantienen a su proveedor habitual de electricidad para cubrir el resto de sus necesidades. Por lo tanto, este modelo se considera Suministro parcial concebido, no como un cambio total de proveedor.

Geográficamente, la aplicación está limitada por ahora: el intercambio solo es posible dentro de la misma zona de red de distribución o de balance. No será hasta junio de 2028 cuando sea posible incluir zonas de red adyacentes, un horizonte temporal que debe tenerse en cuenta en la planificación del proyecto.

Requisito de acceso: finalidad principal no comercial

La condición fundamental para participar es que el funcionamiento de la instalación de energías renovables no se destine, ni por parte del operador de la instalación ni por parte del consumidor final, de forma predominante a una actividad comercial o por cuenta propia. De este modo, el ámbito de aplicación se limita desde el principio a los hogares particulares, las asociaciones, las pymes y las instituciones públicas; las empresas industriales quedan, en principio, excluidas de este modelo.

Dentro de este marco, se aplican además exenciones en las obligaciones de los proveedores en función del tamaño: para las instalaciones de muy pequeña envergadura hasta 30 kW así como instalaciones comunes de pequeña envergadura en edificios de viviendas con varios inquilinos hasta 100 kW Se aplican normas simplificadas, por ejemplo, en materia de facturación, identificación de la electricidad y redacción de contratos. Para todas las instalaciones de mayor tamaño se aplican las normas habituales Obligaciones de los proveedores conforme a los artículos 5 y 40 a 42 de la Ley de Energía (EnWG), en su totalidad.

La implantación en la práctica: tres obstáculos frenan el mercado

Aunque ya ha pasado la fecha límite legal del 1 de junio de 2026, el mercado generalizado del «energy sharing» se está desarrollando muy lentamente. Hay tres factores que son los principales responsables de ello:

  1. Obligación de instalar contadores inteligentesTodos los participantes, tanto productores como consumidores, necesitan un sistema de medición inteligente (iMSys) con medición a intervalos de 15 minutos. El lento despliegue de los contadores inteligentes está frenando notablemente muchos proyectos.
  2. Procesos de los operadores de red: Muchos operadores de redes de distribución (ORN) solo están poniendo a disposición, de forma gradual, los flujos de datos de comunicación y facturación aptos para el negocio a gran escala destinados al sistema de balance.
  3. Rentabilidad y tarifas de red: A diferencia de lo que ocurre en algunos países vecinos de la UE, como Austria, en Alemania no existe actualmente ninguna reducción de las tarifas de red para la electricidad compartida a nivel local. Las tarifas de red y los gravámenes legales se aplican en su totalidad.

Tarifas de red en el «Energy Sharing»: la electricidad compartida a nivel local no es necesariamente más barata

En el caso del «Energy Sharing» a través del gestor de la red de distribución, existe una normativa clara en lo que respecta a las tarifas de red: Actualmente no hay ninguna reducción. Aunque, desde el punto de vista físico, la electricidad suele recorrer distancias cortas —por ejemplo, desde una instalación fotovoltaica hasta la casa de un vecino de la misma calle—, por el uso de la red se deben abonar íntegramente las tarifas, los recargos y los impuestos habituales.

Obligación de pagar la tarifa de red íntegra a pesar de las distancias cortas

En cuanto la electricidad sale de una instalación del cliente —es decir, de su propio edificio— y utiliza la red pública del gestor de la red de distribución, se aplica la lógica habitual de uso de la red. El gestor de la red de distribución calcula las tarifas de red completas, independientes de la distancia, correspondientes al proceso de transporte. La proximidad geográfica entre el productor y el consumidor no influye en este caso.

Desventaja económica frente a los modelos sin tarifas de red

Esa es una de las principales razones por las que el «Energy Sharing» suele resultar menos atractivo desde el punto de vista económico que los modelos ya consolidados que no dependen de la red pública. En el Modelo de electricidad para inquilinos Por ejemplo, la electricidad fotovoltaica generada en la instalación de un cliente se suministra directamente a los inquilinos, con lo que se eliminan por completo las tarifas de red, los recargos y el impuesto sobre la electricidad; además, los operadores se benefician del suplemento de la Ley de Energías Renovables (EEG) para la electricidad destinada a los inquilinos. También desde el Paquete solar I 2024 posibles Suministro Comunitario de Edificios (SCE) funciona exenta de peajes de red: está concebida como una variante más sencilla del modelo de electricidad para inquilinos, en la cual el operador de la instalación fotovoltaica no tiene que actuar como proveedor total y los inquilinos pueden elegir libremente su proveedor de electricidad restante.

El factor diferenciador clave con respecto a la compartición de energía (Energy Sharing): tanto la electricidad para inquilinos como la GGV se encuentran dentro de una instalación de cliente dentro de un edificio o de un recinto cerrado, y por lo tanto nunca utilizan la red de distribución pública. El intercambio de energía (Energy Sharing), según el artículo 42c de la ley alemana de la industria energética (EnWG), está concebido explícitamente para el suministro interedificio pensado para participantes en la misma zona de red y, por lo tanto, debe realizarse inevitablemente a través de la red pública, con los correspondientes peajes de red.

ModeloUso de la redTarifas de red
Electricidad para inquilinos (§ 21 EEG)Sin red pública (instalación de cliente en el edificio)Se cancelan por completo
Suministro comunitario en edificios (art. 42b EnWG)Ninguna red pública (mismo recinto / edificio)Se cancelan por completo
Compartición de Energía (§ 42c EnWG)Uso de la red pública de distribuciónPagadero por la totalidad del importe

¿Hay excepciones o descuentos?

Existe una exención específica en el caso de la Impuesto sobre el carbono: En el caso de instalaciones de generación enclavadas en las inmediaciones espaciales – dentro de un radio de 4,5 km – puede aplicarse bajo determinadas condiciones un alivio de alrededor de 2 ct/kWh. Sin embargo, hasta ahora no se ha anclado en la Ley de la Industria Energética (EnWG) un sistema regional de descuentos en los peajes de acceso a la red, como el que conocen, por ejemplo, Austria o Italia para las comunidades energéticas que no sobrecargan la red de transporte superior.

¿Quién se beneficia de la situación actual?

A pesar de las restricciones económicas, existen actores dentro del grupo objetivo permitido —hogares privados, asociaciones, pymes y municipios— para los que el intercambio de energía ya resulta rentable hoy en día:

  • Cooperativas energéticas ciudadanas (BEGs): A menudo ya disponen de la estructura organizativa necesaria y pueden obtener mayores ingresos con los parques solares o los parques eólicos que a través de la mera tarifa de inyección.
  • Prosumidor con instalación fotovoltaica más grande (p. ej., a partir de 10–30 kWp): Puede vender su excedente de electricidad a los vecinos o al entorno cercano en lugar de inyectarlo a la red con una remuneración baja.
  • Inquilinos y hogares sin vivienda propia: Tiene por primera vez la oportunidad de participar directamente en la transición energética local y adquirir energía verde barata de la región, incluso si las inversiones fotovoltaicas propias no son una opción para usted.

Grandes instalaciones e industria: por qué el § 42c no es aplicable aquí

Para los operadores de grandes instalaciones fotovoltaicas y de almacenamiento por baterías, el intercambio de energía (*Energy Sharing*) según el artículo 42c de la Ley de la Industria Energética alemana (EnWG) en su diseño actual no es un modelo relevante: el fin principal no comercial excluye a las empresas industriales y a las instalaciones de explotación primariamente comercial del ámbito de aplicación. Si una empresa desea suministrar electricidad directamente y sin tarifas de red completas a uno o varios compradores, debe recurrir a otros mecanismos establecidos.

Línea directa (§ 3 n.º 12 de la EnWG)

Una línea directa conecta un único emplazamiento de generación con un único cliente —o un generador o una empresa de suministro eléctrico con su propio centro de trabajo, una filial o clientes con el fin de realizar un suministro directo—. Dado que dicha línea no utiliza la red de distribución pública, no está sujeta a la regulación de redes ordinaria y está exenta de los peajes de acceso. Como complemento, la definición de instalación de cliente se amplió para incluir las líneas directas con una longitud máxima de 5000 metros y una tensión nominal de entre 10 y 40 kilovoltios, siempre que a través de ellas se conecten instalaciones de energía renovable.

Inseguridad jurídica debido a la sentencia del TJUE sobre las instalaciones de clientes

Aquí es necesario proceder con cautela: el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó en noviembre de 2024 que la norma de excepción alemana relativa a la “instalación para clientes en general” es contraria al Derecho de la UE. Para los conceptos de suministro existentes y planificados que se basan en instalaciones para clientes o líneas directas, esto genera actualmente Inseguridad jurídica – Aún está pendiente una aclaración legislativa. Quien planee un proyecto basándose en esto debería seguir de cerca el estado actual de la modificación legislativa con el asesoramiento jurídico correspondiente. Más información al respecto en nuestro artículo: Plantillas de clientes y suministro eléctrico a inquilinos bajo presión según sentencia del TJUE y BGH

Gestión de carteras de balance en modelos de suministro bilateral

Independientemente del artículo 42c de la Ley alemana de la Industria Energética (EnWG), ya existen hoy en día modelos en los que los operadores de instalaciones y los grandes consumidores celebran contratos de suministro bilaterales, por ejemplo, como un acuerdo de compra de energía *onsite* (PPA). Por lo general, en este caso un proveedor de servicios especializado o un comercializador directo se encarga de la gestión del círculo de balance: registra las cantidades de electricidad suministradas en su propio círculo de balance y se encarga de la gestión energético-económica entre la generación, el suministro y la compra de electricidad restante. Para las grandes instalaciones, esta interacción entre línea directa o instalación del cliente y la gestión profesional del círculo de balance es la vía relevante en la práctica para comercializar electricidad directamente, y no el intercambio de energía (*energy sharing*) adaptado a los hogares privados y a las pymes.

Preguntas frecuentes sobre el consumo compartido de energía

¿Tengo que pagar tarifas de red por la electricidad que obtengo a través de compartir energía?

Sí. En cuanto la electricidad utiliza la red de distribución pública, se aplican las tarifas de red completas e independientes de la distancia; actualmente la legislación alemana no prevé ninguna reducción.

¿Desde cuándo deben las empresas de distribución de energía permitir el «Energy Sharing» en Alemania?

La base jurídica, el artículo 42c de la Ley de Energía (EnWG), entró en vigor a finales de 2025. Desde el 1 de junio de 2026, los gestores de redes están obligados por ley a aplicarla.

¿Cuál es la diferencia entre el autoconsumo colectivo (energy sharing) y el autoconsumo compartido en edificios (mieterstrom)?

El suministro de electricidad a inquilinos (Mieterstrom) y el suministro comunitario en edificios se llevan a cabo dentro de una instalación de consumo y, por lo tanto, están exentos de los peajes de red. El intercambio de energía (Energy Sharing) se dirige a participantes de distintos edificios en la misma zona de red y utiliza obligatoriamente la red pública, incluyendo los peajes de red completos.

¿Qué requisitos técnicos deben cumplir los participantes?

Tanto los productores como los consumidores necesitan un sistema de medición inteligente (iMSys) con medición a intervalos de 15 minutos.

¿A partir de cuándo se podrá utilizar el intercambio de energía (Energy Sharing) también más allá de los límites de las áreas de red?

La expansión espacial a áreas de redes de distribución adyacentes está prevista para junio de 2028.

¿Existen ventajas fiscales en el almacenamiento y uso compartido de energía?

Dentro de un radio de 4,5 km entre la planta de generación y el consumo, se puede aplicar bajo ciertas condiciones una exención del impuesto sobre la electricidad de unos 2 ct/kWh.

¿Pueden también las empresas o la industria utilizar el intercambio de energía (Energy Sharing)?

No, al menos no como fin principal. El § 42c del EnWG presupone un fin principal no comercial y se dirige a hogares particulares, asociaciones, pymes y municipios. Para las empresas industriales y los proyectos comerciales más grandes, en su lugar son relevantes modelos como la línea directa o las estructuras de PPA bilaterales con gestión propia del grupo de balance.

Conclusión: Un modelo con futuro, pero con la cuestión de la rentabilidad sin resolver

Energy Sharing abre legalmente por primera vez la puerta a la comercialización directa y suprarregional de electricidad verde local, un componente importante de la transición energética descentralizada. Sin embargo, mientras se mantenga la obligación de pagar la tarifa de red completa, el modelo será económicamente menos atractivo a gran escala que las alternativas establecidas como el suministro de electricidad a inquilinos (Mieterstrom) o el suministro comunitario (GGV), las cuales operan dentro de una misma instalación de consumo. Para los operadores de grandes instalaciones fotovoltaicas y de almacenamiento en baterías, sigue siendo relevante qué modelo de comercialización permite realmente el mayor valor añadido en cada caso de aplicación específico: suministro total, suministro parcial o Energy Sharing.

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