A mediados de marzo de 2024, los Estados miembros de la UE votaron a favor de la versión suavizada de la Directiva europea sobre la cadena de suministro CSDDD (Directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial). Explicada brevemente, la Directiva de la UE obliga a las empresas a analizar sus cadenas de suministro en busca de Prácticas ambiental y socialmente responsables y revisar los efectos negativos de las actividades empresariales en el Derechos humanos y el Reducir el impacto medioambiental. Esto se aplica en particular a las cadenas de suministro mundiales.
La CDSD se adoptó tras largas negociaciones y considerables concesiones por parte de los Estados miembros de la UE. Por ejemplo, se elevaron los límites de la participación obligatoria de las empresas y se rechazó su división en sectores de alto riesgo. 20 días después de su publicación, se podían presentar objeciones a la Directiva de la UE sobre la cadena de suministro antes de que fuera ratificada por el Parlamento de la UE a finales de abril de 2024. Los Estados miembros de la UE tienen ahora dos años para transponerla a la legislación nacional.
¿A qué empresas afecta el CSDD?
Tras el compromiso negociado, el número de empresas afectadas se ha reducido en casi un 70%. Los expertos suponen que alrededor de 1.500 alemán y unos 3.500 más de la UEEmpresas y grupos entran en el ámbito de aplicación de la Directiva europea sobre la cadena de suministro. El ámbito de aplicación de la Directiva se ampliará anualmente hasta 2029 y se aplicará entonces a las empresas con 1.000 o más empleados y un volumen de negocios anual de al menos 450 millones de euros. En el proyecto original, los límites seguían siendo 500 empleados con un volumen de negocios anual igual o superior a 150 millones de euros. La nueva escala se aplicará de la siguiente manera:
- 2027: Empresas con más de 5.000 empleados y una facturación global de más de 1.500 millones de euros
- 2028: Empresas con más de 3.000 empleados y una facturación global superior a 900 millones de euros
- 2029: Empresas con más de 1.000 empleados y una facturación global superior a 450 millones de euros
La Directiva se aplica también para las empresas no pertenecientes a la UEsiempre que cumplan determinados criterios, como un volumen de negocios significativo en la UE o acuerdos comerciales con empresas de la UE. La versión revisada de la DSCD también exime ahora a las empresas que no cumplen los criterios del ámbito de aplicación pero operan en sectores de alto riesgo. Las sociedades de cartera también pueden quedar exentas de las obligaciones de diligencia debida de la DSCD en determinadas condiciones. Esto es posible si sólo poseen acciones y no tienen influencia en las decisiones.
Diferencias entre la LkSG alemana y la CDSD
En general, la Directiva de la UE sobre la cadena de suministro, a diferencia de la LkSG alemana (Ley de Diligencia Debida en la Cadena de Suministro) uno Endurecimiento significativo en la zona del Protección del medio ambiente y, por tanto, está más en consonancia con el Acuerdo de París sobre el clima y el objetivo de 1,5°. Sin embargo, su definición es más estricta, ya que la facturación anual de las empresas es determinante.
Además ampliado el CSDDD supera claramente al Catálogo de riesgosque las empresas deben afrontar de acuerdo con la LkSG alemana. El abanico es cada vez más amplio y el número de tareas de gestión de riesgos aumenta. Las empresas deben ahora comunicar claramente las expectativas y requisitos de sus socios comerciales y revisar el proceso de selección y evaluación de proveedores.
En Deberes de asistencia de la Directiva son, sin embargo, muy similares a las de la LkSG. Por lo tanto, una aplicación completa y conforme a derecho de la LkSG es la mejor preparación para la CSDDD. Sin embargo, a diferencia de la LkSG, la Directiva exige explícitamente que las obligaciones en materia de diligencia debida se integren en la política de la empresa, obligando a las empresas a poner en práctica un programa de diligencia debida. Estrategia para la aplicación de las obligaciones de diligencia debida.
El análisis de riesgos conforme a la LkSG generalmente sólo tiene en cuenta a los proveedores directos y, de forma limitada, a los indirectos. Por el contrario, el CSDD se refiere a los toda la cadena de valor incluyendo el funcionamiento y la eliminación, así como todas las relaciones comerciales. En consecuencia, todos los socios comerciales anteriores y posteriores deben someterse a un control para detectar impactos negativos sobre el medio ambiente y los derechos humanos.
La Ley alemana de Protección de la Cadena de Suministro se aplica a todas las personas jurídicas y las infracciones pueden ser sancionadas actualmente con hasta 8 millones de euros o 2 % de la facturación anual. Por el contrario, la CDSD se aplica a las sociedades y Infracciones en el futuro también deberán ser sancionados por la vía civil. La carga de la prueba recaerá en el demandante y las sanciones penales serán determinadas por cada Estado miembro de la UE en su legislación nacional. Todas las partes perjudicadas son libres de demandar a las empresas que incumplan las obligaciones de diligencia debida a lo largo de la cadena de valor.
Divulgación, representantes autorizados y directrices
Los informes CSDDD deben actualizarse y publicarse al menos una vez al año de acuerdo con los requisitos, lo que garantiza una revisión y divulgación periódicas de los resultados de sostenibilidad de estas empresas. Para cumplir estas obligaciones, es necesario que cada empresa disponga de un Persona autorizada como contacto para temas relacionados con la CDSD.
Para ayudar a las empresas a aplicar las obligaciones de diligencia debida, la UE Directrices sectoriales crear. Su objetivo es ofrecer un marco detallado y recomendaciones prácticas sobre cómo las empresas pueden organizar sus estrategias de sostenibilidad y comunicar sus resultados de forma transparente. La aportación de conocimientos específicos del sector facilita a las empresas la identificación de las Factores ESG identificar, evaluar e informar sobre estas cuestiones para contribuir de forma constructiva al desarrollo sostenible.
¿Cuál es el futuro del CSDD?
Tras la ratificación del proyecto de Directiva CDSD por los miembros del Parlamento Europeo el 24 de abril de 2024, las empresas dispondrán de una cierta Planificar la seguridad. Hasta que se elaboren las leyes nacionales, pueden tomar medidas para prepararse para los próximos requisitos. Gracias a la LkSG alemana, las empresas ya están en condiciones de familiarizarse con la nuevas normas para familiarizarse con nuestros productos, procesos internos y, en caso necesario Recursos con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos del CSDDD en una fecha posterior.
Las empresas deben ver este proceso como una oportunidad para desarrollar su propia gestión holística de la cadena de suministro. Numerosas directivas y reglamentos europeos pretenden hacer más transparentes las cadenas de suministro e identificar y minimizar los riesgos medioambientales, sociales y de gobernanza (ASG). Mediante la supervisión activa de sus cadenas de suministro y la adopción de medidas para identificar y mitigar los riesgos potenciales, las empresas no sólo pueden garantizar el cumplimiento de la Directiva, sino también mejorar su resistencia operativa y sus resultados en materia de sostenibilidad. La gestión holística de la cadena de suministro contribuye a reforzar la confianza de las partes interesadas, proteger la reputación corporativa y promover la creación de valor a largo plazo.