La delimitación de tercios se refiere a empresas que Privilegios de energía aprovechar y/o producir energía por sí mismo y esta Poder a terceros o sucursal, a un consumidor final. Debe realizar una delimitación de terceros si desea seguir beneficiándose de impuestos, tasas, recargos o uso de red reducidos, ya que estos solo se aplican al consumidor principal en el sitio de la empresa. Tan pronto como la electricidad comprada o generada por usted se transmita a uno o más consumidores finales, usted se considerará en virtud de la ley. electroencefalograma como empresa de suministro eléctrico. La Obligación de delimitación de cantidades de terceros entra en vigor cuando los principales consumidores
- su impuesto eléctrico sobre la electricidad de la red eléctrica pública, por ejemplo, según el § 9b, 10 StromStG, se ha reducido.
- ceder las cargas de red reducidas (cargas de red del KWKG, §19-StromNEV, cargas de red marina).
- Obtener privilegios de EEG-Umlage.
¿Quiénes son los consumidores terciarios?
De acuerdo con el § 3 n.º 20 del EEG 2017, „empresas de suministro de electricidad“ son cualquier persona física o jurídica que suministre electricidad a consumidores finales. En las instalaciones de un consumidor principal, pueden ser, por ejemplo, empresas filiales y asociadas, espacios o naves subarrendados a empresas externas o proveedores de servicios. Pero esto también incluye máquinas expendedoras de instaladores, comedores o cocinas gestionados por terceros, antenas de telefonía móvil, empresas de limpieza y el consumo de electricidad de la vivienda del conserje o de la guardería, si se trata de una subcontrata. Incluso las máquinas alquiladas, los servidores de proveedores de servicios, los puntos de recarga o los artesanos pueden ser los llamados consumidores externos y están sujetos a la diferenciación de cantidades de terceros. Sin embargo, según el § 62a del EEG, también existen Gastos menores, cuya cuantía aún no está regulada por ley. Las sentencias judiciales hasta la fecha se refieren a cantidades de electricidad de hasta 4.000 kWh anuales, aunque consumos a partir de 1.000 kWh también se han clasificado como sujetos a justificación.
Delimitación de cantidades de terceros para consumidores principales con su propia instalación fotovoltaica.
La delimitación de la cantidad de terceros también debe realizarse cuando la empresa considerada principal consumidor genera su propia energía mediante un sistema fotovoltaico que cede a terceros. Un cálculo de este tipo debe cada cuarto de hora realizarse. Sin embargo, también es posible asignación subordinada al autoconsumo. Al hacerlo, la electricidad producida por uno mismo y el consumo se acreditan inicialmente solo a la tercera empresa y solo la cantidad restante se acredita al consumidor principal y al operador de la instalación. Este tipo de facturación, aunque menos laborioso ya que solo tiene que realizarse mensual o anualmente, genera menores compensaciones para el consumidor principal y, por lo tanto, solo vale la pena para una cantidad insignificante de suministro a terceros. En general:
- En sistemas fotovoltaicos de hasta 2 MWp: El autoconsumo por parte del operador de la instalación y del consumidor principal está exento de impuestos. El suministro a terceros también está exento si estos se encuentran a una distancia máxima de 4,5 km. Sin embargo, si la instalación fotovoltaica tiene una potencia superior a 1 MWp, el suministro a terceros debe contar con la correspondiente autorización.
- En plantas fotovoltaicas de más de 2 MWpEl autoconsumo por parte del operador de la instalación y el consumidor principal está igualmente exento de impuestos. Sin embargo, el suministro a terceros está sujeto al impuesto sobre la electricidad, lo que significa que la cantidad suministrada debe medirse y comunicarse a la oficina principal de aduanas y al operador de la red de transmisión antes del 31 de mayo del año siguiente.
Las estimaciones para la delimitación de cantidades de terceros solo se permiten en casos excepcionales
Hasta finales de 2021 existía una disposición transitoria, por lo que las empresas podían seguir estimando por completo la entrega de la tercera cantidad. Desde principios de 2022, los consumidores principales deben presentar un concepto de medición integral y las cantidades de electricidad deben medirse según Requisitos de la legislación de metrología y de pesas y medidas Se medirá y documentará cada 15 minutos. Solo se permitirá una estimación de la delimitación de las cantidades de terceros si se reclama la tasa de asignación más alta o si la delimitación técnica es demasiado compleja. En ambos casos, la estimación debe ser comprensible y garantizar que la empresa principal no pague menos asignaciones debido a la estimación que si se utilizaran contadores calibrados.
Sanciones inminentes
Si los grandes consumidores que disfrutan de privilegios no cumplen con la delimitación de los volúmenes de terceros o se superan los plazos de notificación a la oficina principal de aduanas o al gestor de la red de transporte, se enfrentan a sanciones severas. Estas van desde simples pagos atrasados e integraciones de impuestos, incluidos los intereses de demora, hasta la pérdida total de todas las ventajas y facilidades. Por ello, desde 2022, la resolución de limitación debe solicitarse con arreglo a los artículos 63 y siguientes de la EEG 2021, incluso aunque la tasa EEG se haya reducido a cero euros para todas las empresas con elevados costes de electricidad.